Subsidio al Empleo Joven (SEJ)

La Ley 20.338 crea el Subsidio al Empleo Joven (SEJ). Indica que los trabajadores dependientes e independientes que se encuentren regidos por el código del trabajo serán beneficiados con el subsidio al empleo, el cual será de cargo fiscal. Este no solo beneficiará a trabajadores, sino que también a sus respectivos empleadores, siempre que cumplan con los requisitos exigidos para obtener tal subsidio.

Subsidio al Empleo Joven (SEJ)

Índice
  1. ¿Quién puede acceder al Subsidio al Empleo Joven?
  2. ¿Qué ventajas tiene para los empleadores el SEJ?
  3. ¿Cuánto cuesta solicitar el Subsidio al Empleo Joven?
  4. ¿Cuándo se puede solicitar la extensión del SEJ?
  5. Situación de los trabajadores dependientes

¿Quién puede acceder al Subsidio al Empleo Joven?

Podrán acceder al SEJ los jóvenes que hayan obtenido su licencia de enseñanza media hasta los 21 años, que tengan entre 18 y 25 años, que se encuentren trabajando, que integren el 40 % más vulnerable de la población, de acuerdo a la información proporcionada por el Registro Social de Hogares, y que reciban una remuneración bruta mensual que no ascienda de los $474.966 y anualmente no mayor a $5.699.581. Además, para recibirlo sin problemas, se establece como requisito mantener al día las cotizaciones previsionales. Esto último, también rige para los trabajadores que ejerzan en forma independiente, que acrediten rentas de acuerdo al articulo 42 N° 2 de la ley de impuesto a la renta.

Este beneficio se paga directamente a los trabajadores jóvenes que hayan sido adjudicados el subsidio, previo cumplimiento de los requisitos solicitados para tal efecto, donde también son incluidos sus empleadores. Y se mantiene mientras los jóvenes favorecidos cumplan con los requisitos exigidos. Después de cumplir el máximo de edad requerida, el beneficio del subsidio de empleo joven caducará.

¿Qué ventajas tiene para los empleadores el SEJ?

A los empleadores que accedan al beneficio, se les hará un aporte directo del Estado con la finalidad de incentivar la contratación de gente joven. Recibirán los pagos mensualmente siempre y cuando tengan las cotizaciones previsionales al día. De lo contrario corren el riesgo de perder el beneficio del mes correspondiente.

Lamentablemente, los trabajadores que se encuentren desempeñando funciones en una empresa estatal o que dicha institución pertenezca en un porcentaje superior 50 % al Estado, no podrán acceder a este beneficio, ni tampoco aquellos contratados por las entidades que ejecutan el programa inversión en la comunidad.

Se puede optar a pagos anuales o mensuales, estos últimos con desfase de tres meses. Es decir, que el subsidio de la remuneración del mes de abril de 2019, fue pagado en el mes de julio del mismo año. El monto a percibir dependerá de si la renta es variable o no. Si esta es variable, el bono lo será también. Y si el monto anual recibido por el trabajador supera el máximo del subsidio, SENCE solicitará el reintegro del excedente.

¿Cuánto cuesta solicitar el Subsidio al Empleo Joven?

El trámite para acceder al SEJ no tiene costo para el usuario. Tampoco es necesario ningún documento. Basta con que te registres en línea a través de la página del SENCE haciendo clic en el botón "Ir al trámite en línea". Una vez en el sitio se debe digitar el Rut y la contraseña, y finalmente hacer clic en "Guardar". Si no estás registrado, debes hacerlo para continuar con el trámite.

Al concluir, habrás realizado la postulación al subsidio. El resultado de tu postulación será comunicado directamente por el SENCE a tu correo electrónico, vía carta certificada o mensaje de texto, dependiendo del canal de comunicación que se haya elegido para tal efecto. El plazo de respuesta será de 120 días corridos.

¿Cuándo se puede solicitar la extensión del SEJ?

Se podrá solicitar extensión del Subsidio al Empleo Joven por motivos de estudio. Para ello, los jóvenes deberán solicitarlo con una anticipación de 3 meses antes de cumplir con la mayoría de edad exigida, es decir, antes de los 25 años de edad. La solicitud de Subsidio al Empleo Joven de plazo adicional, debe hacerse en el mismo formulario de "Solicitud de subsidio".

La Ley, en sus artículos 7 y 8, concede un plazo adicional del beneficio a los que podrán acceder los trabajadores dependientes, independientes y empleadores respectivos. El primer caso es por cada hijo nacido vivo. No será aplicable a la trabajadora un límite de edad para recibir el subsidio por plazo adicional por los hijos nacidos vivos, y será compatible con el de estudios, lo que significa que podrás sumar ambos. El plazo adicional comenzará a regir desde el primer día del mes siguiente al que la trabajadora cumpla 25 años de edad.

Este plazo adicional será equivalente al plazo de pre como post natal, con un total que asciende a 18 semanas, por cada hijo nacido vivo que la trabajadora haya tenido entre los 18 y 25 años de edad.

El segundo caso es cuando los trabajadores hayan efectuado estudios entre los 18 años y los 25 años de edad. Deberán estar cursando estudios superiores en una institución reconocida por el Estado. Los estudios se acreditarán con los certificados correspondientes. Y este plazo regirá a partir del primero del mes siguiente al cual el trabajador cumpla 25 años de edad y solo se hace extensivo hasta los 27 años. De acuerdo a los semestres que se hayan cursado el plazo será:

Tres meses de plazo adicional, para un semestre; seis meses de plazo, para dos semestres; doce meses de plazo para tres o mas semestres sin título; y veinticuatro meses adicionales para los semestres académicos de cuatro o más duración.

Requisitos para obtener el Subsidio al Empleo Joven

Situación de los trabajadores dependientes

Cuando un trabajador dependiente se encuentre con licencia médica, el empleador no tendrá derecho a percibir el Subsidio al Empleo Joven, mientras el trabajador se encuentre con incapacidad laboral, acreditada con la respectiva licencia médica o certificado de reposo extendido por el médico. Y está obligado a comunicar al SENCE cuando el trabajador se encuentre en esta situación.

Existe una instancia de apelación para acreditar al SENCE, con documentación respectiva de los problemas de pago. Las inconsistencias en los montos anuales o mensuales cancelados del subsidio, el no pago injustificado del subsidio, ya sea anual o mensual, y la documentación que acredite el no recibo de excesos en los pagos del beneficio. Se apela presentando la documentación que acredite el pago de cotizaciones, directamente en la pagina de subsidio empleo joven, o bien de manera presencial en las oficinas del SENCE.

Entre 90 y 120 días será el plazo de respuesta a la apelación, y serán comunicados al correo electrónico que se proporcionó al momento de realizar la postulación al subsidio.

Gabriel

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